Está constituido por cinco personas delegadas propietarias de los distintos sectores que integran la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras.
También se nombran a sus respectivas cinco suplencias.
Al menos, el 50% deben ser mujeres.
Son nombradas para un lapso de dos años, y mantienen la posibilidad de ser reelegidas para un periodo adicional.
Reglamento para la organización y funcionamiento del Comité de Vigilancia